
Preguntas Frecuentes

+
¿Qué es FATCA?
Es la Ley de Cumplimiento Fiscal de Cuentas en el Extranjero (FATCA, Foreign Account Tax Compliance Act por sus siglas en inglés), promulgada en los Estados Unidos de América en marzo del 2010. La misma solicita a las Entidades Financieras Extranjeras de todo el mundo la identificación de sus clientes que tengan relación con los Estados Unidos.
+
¿Desde cuándo rige esta ley?
La normativa fue publicada en febrero de 2010 y entra en vigor el 1 de julio de 2014. A partir de esa fecha, la entidad podría solicitarles a sus clientes documentación adicional para su correcta identificación. Así mismo el reporte de la información recabada al respecto sería enviada a partir del 2015 a los responsables de implementar la Ley o al estado norteamericano.
+
¿Cómo influye FATCA en aquellas cuentas habilitadas antes de su vigencia?
La entidad estará realizando un proceso de identificación de personas bajo este régimen con la información que cuenta en su base de datos. En caso de ser clasificada como “Persona de EE.UU.” la entidad estaría solicitando ampliar la información e incluso firmar alguno de los formularios exigidos por la normativa.
+
¿Cuál es la finalidad de FATCA?
La finalidad de FATCA es evitar la evasión fiscal de ingresos de fuente estadounidense por parte de personas que guarden relación con los EE.UU. a través de bancos y organizaciones financieras extranjeras.
+
¿Cómo afectaría FATCA a sus cuentas?
El impacto será determinado a partir de si sus cuentas son identificadas como “Cuentas sujetas a ser reportadas”. Esta normativa no tiene por efecto el cobro de ningún impuesto o gravamen adicional. Tiene por objetivo identificar a las personas con obligaciones fiscales frente a los Estados Unidos.
+
¿A quién afecta FATCA?
Las principales características que conllevan a que una persona sea calificada como una “Persona de EE.UU”., incluyen; pero no se limitan, a:
• Ciudadanos de los EE.UU. y territorios de los EE.UU., incluyendo personas nacidas ahí, pero residentes en otro país y que no han renunciado a dicha ciudadanía.
• Personas con residencia permanente en EE.UU con tarjeta Green Card (Tarjeta de residencia permanente en Estados Unidos).
• Personas nacidas en EE.UU. hijos de extranjeros.
• Personas nacidas fuera de EE.UU. hijos de ciudadanos de EE.UU
• Persona con pasaporte americano.
• Persona con un número de identificación tributaria (TIN) y/o número de seguridad social (SSN) en los Estados Unidos.
• Persona que cumpla con el Test de presencia sustancial. En ese sentido, será “US Person”, un extranjero que ha permanecido que ha permanecido 183 días en un año y un promedio de 122 días al año durante los últimos 3 años. No se tomará en cuenta a aquellos que hubieran permanecido en E.E.U.U. como visado en calidad de diplomático, profesor, estudiante o deportista. Las principales características que conllevan a que una persona sea calificada como una “Entidad de EE.UU”., incluyen; pero no se limitan, a:
• Empresa que tenga como país de constitución o procedencia EE.UU o países del territorio Norteamericano.
• Entidad con un número de identificación del empleador en los Estados Unidos (EIN).
• Asociación creada u organizada bajo las leyes de los Estados Unidos, el Distrito de Columbia o un Estado.
• Fideicomiso si: a. un tribunal dentro de los Estados Unidos es capaz de ejercer supervisión primaria sobre la administración del Fideicomiso (“Prueba de la Corte”), y b. uno o más U.S Person tienen la autoridad de controlar todas las decisiones substanciales del fideicomiso (“Prueba de Control”).
• El gobierno de los Estados Unidos, cualquier Estado, municipalidad u otra subdivisión política, cualquier agencia o instrumentalidades de propiedad absoluta de tales gobiernos.
+
¿Me afecta FATCA en caso de no ser identificado como “Persona de EE.UU. o “Entidad de EE.UU.”?
En estos casos no afectan a las cuentas del Cliente. El mismo solo deberá proporcionar la información y documentación solicitada por la entidad para su correcta clasificación como no estadounidense; por lo que ningún dato sobre el cliente y sus cuentas será sujeto a ser reportado.
+
¿Cómo me afecta FATCA en caso de ser identificado como “Persona de EE.UU. o “Entidad de EE.UU.”?
En caso de ser identificado como “Persona de EE.UU., el Cliente deberá proveer el número de identificación fiscal estadounidense y/o número de seguridad social (SSN) en los Estados Unidos. De esta forma los datos básicos del cliente así como datos y movimientos de las cuentas de ahorro o inversión de la entidad serán informados a la autoridad fiscal de EE.UU. denominada IRS.
+
¿Cuáles son las consecuencias al rehusarse a identificarse o presentar la información requerida?
Al rehusarse a presentar la información solicitada o firmar los formularios relacionados a FATCA:
• Las cuentas que el cliente posea en la entidad serán consideradas como “Cuentas sujetas a ser reportadas”.
• Podría sufrir retenciones sobre los rendimientos financieros estadounidenses si existiera.
+
En caso de tener una cuenta en dólares ¿Es sujeto para ser reportada?
La denominación de la moneda en la que se mantiene la cuenta no determina si la cuenta será sujeta a ser reportadas o no.
+
¿A qué tipos de cuentas afecta FACTA?
La normativa FATCA se aplican a diversos tipos de cuentas financieras, por ejemplo: cuentas de ahorro a la vista, inversiones, cuentas corrientes y fideicomisos.
+
¿Puede la entidad asesorarse respecto a FATCA?
La entidad podrá proveer información genérica sobre FATCA y las normativas internas respecto al mismo; por lo que le recomendamos acudir a sus asesores independientes.
+
Mayor información respecto a FATCA
U.S Departament of the Treasury: http://www.treasury.gov/resource-center/tax-policy/treaties/Pages/FATCA.aspx.
Servicio de Rentas Internas (IRS): http://www.irs.gov/Businesses/Corporations/Foreign-Account-Tax-Compliance-Act-FATCA.
Embajada de los Estados Unidos: http://spanish.paraguay.usembassy.gov/.